![Maquinaria 2 CC BY Luke Jones](https://www.ingenieriayconstruccioncolombia.com/wp-content/uploads/2020/05/Maquinaria-2-CC-BY-Luke-Jones-678x381.jpg)
Desde el primero de abril de 2019, el Gobierno está implementando los ‘documentos – pliegos tipo’ para contratación de obras de infraestructura. Lo anterior con el fin de asegurar mayor transparencia en los procesos y garantizar la pluralidad de los participantes en las convocatorias.
Denominados también ‘pliegos tipo’, son lineamientos adoptados por el Estado con los que se definen las condiciones habilitantes y factores técnicos y económicos, entre otros, de carácter obligatorio, para participar en los procesos de contratación de las entidades estatales.
Pliegos tipo ahora en contratos de mínima cuantía.
Gracias al DECRETO 594 del 25 de abril del 2020, la implementación de los documentos Tipo se amplía para contratos de mínima cuantía. Puedes visualizar y descargar el decreto haciendo clic aquí.
El objetivo es estandarizar los requerimientos en las licitaciones públicas para evitar la corrupción y asegurar una mayor transparencia en los contratos de obras públicas del sector transporte.
¿Qué contienen los Pliegos – Documentos Tipo?
- Invitación pública
- Anexos:
- Pacto de transparencia
- Comunicación de aceptación de la oferta
- Formatos:
- Carta de presentación de la oferta. Formato 1
- Conformación de proponente plural. Formato 2
- Experiencia. Formato 3
- Capacidad financiera y/o organizacional. Formato 4
- Capacidad residual. Formato 5
- Pagos de seguridad social y aportes legales. Formato 6
- Matrices:
- Experiencia. Matriz 1
- Indicadores financieros y/o organizacional. Matriz 2
- Riesgos. Matriz 3
- Formularios:
- Formulario de Presupuesto Oficial. Formulario 1
Además, los organismos designados revisarán periódicamente el contenido de los Documentos Tipo, con el fin de adaptarlos a la realidad de la contratación del país.
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Es claro que la implementación de estos documentos en la contratación de mínima cuantía, será una gran ayuda para pequeños y medianos constructores, y más aun en esta época tan dura para el sector de la construcción.
Las entidades contratantes no podrán modificar dentro de los Documentos del Proceso, condiciones habilitantes y factores económicos distintos a los señalados en los Documentos Tipo.
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Incertidumbre en el sector
La pregunta que se hacen muchos analistas del sector es: ¿Este tipo de soluciones en realidad equilibrarán la balanza?
Por lo tanto, mientras unos celebran la noticia, otros afirman que simplemente es un formalismo y no cambiará la situación de contratación actual en el país.
Por último, muchos expertos se preguntan si este tipo de adaptaciones al sistema de contratación pone verdaderamente en igualdad de condiciones a los proponentes.
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Del autor:
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Gustavo Martínez Albornoz.
Ingeniero civil UDENAR – Especialista Gerencia de Construcciones U de Medellín.
Dos cosas en la vida me apasionan y me llenan de felicidad absoluta, los deportes extremos y la Ingeniería civil. Por medio de la creación y publicación de artículos he encontrado la manera perfecta de, día a día tener la posibilidad de ampliar mi conocimiento y al mismo tiempo poder aportar un granito de arena y compartir lo poco que sé y conozco. Los invito a no conformarnos con lo que ya sabemos, consultemos, leamos, investiguemos. «Seamos más, para poder servir mejor». Éstas son mis redes sociales para los que quieran saber un poco más de mi: Facebook – Instagram – Linkedin
hola buenos días los tecnólogos en obra civil podemos participar con lo de los pliegos tipi o que perfil debe tener las personas gracias
Hola, muy buenos días, muchas gracias por comentar. En cuanto a los perfiles de cada proceso, son muy variables dependiendo de la entidad, del objeto contractual y demás variables. Te invitamos a conocer nuestro curso donde capacitamos a las personas y empresas en el uso de la plataforma SECOP II y puedan ofrecer sus servicios al estado. Puedes revisar el contenido de nuestro curso haciendo clic aquí: https://www.ingenieriayconstruccioncolombia.com/eventos/